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Las empresas pueden vigilar las conversaciones de whatsapp de sus empleados en los teléfonos corporativos.

El TSJ de Madrid extiende la doctrina marcada por el TS en febrero de 2018 sobre el control del correo electrónico laboral por parte de los empresarios a las conversaciones de whatsapp en los teléfonos móviles de empresa. El TSJM resuelve que la vigilancia por parte del empresario de las conversaciones de whatsapp mantenidas por el trabajador en el teléfono corporativo no vulnera el derecho a la intimidad ni el secreto a las comunicaciones. El TSJM señala que la compañía, cuando contrató a la empleada, le dotó de un ordenador y un teléfono móvil y, a pesar de que la empresa no impuso criterios de uso de los dispositivos informáticos que entregó a la trabajadora, sí incluyó que eran para uso "determinado por el contrato de trabajo", por lo que la Sala entiende que existe una "previsión exclusiva de uso profesional".

Data publicación: 9/26/2023

En marcha el nuevo Registro Central de Titularidades Reales.

En marcha el nuevo Registro Central de Titularidades Reales, cuya creación y reglamento se aprobó el pasado mes de junio por Real Decreto. El objetivo del registro es centralizar en un único lugar toda la información sobre titularidad real de todas las personas jurídicas, entidades o estructuras sin personalidad jurídica (como los fideicomisos tipo trust) con sede o su principal actividad en España o que estén gestionadas desde nuestro país y así evitar el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. El RCTIR aunará los datos que hasta ahora tenían los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, el Consejo General del Notariado o el Registro de Fundaciones de competencia estatal, entre otras fuentes. A partir de ahora se abre un periodo de nueve meses en los que estas fuentes tendrán que ir volcando los datos. Mientras que Justicia no apruebe la tasa por Orden Ministerial para su uso, el acceso será gratuito.

Data publicación: 9/21/2023

Las faltas de asistencia al trabajo durante tres días no deben considerarse como una dimisión.

Así lo establece el TSJ de Canarias en un caso en el que una empresa dio de baja por dimisión a un empleado que no acudió durante tres días seguidos al trabajo sin justificación. En su lugar, el empleador podría haber sancionado ese incumplimiento de su obligación de trabajar con un despido disciplinario. Según el tribunal, “la dimisión [del trabajador] no puede basarse en indicios y presunciones, sino que debe patentizarse en hechos concluyentes que acrediten su intención de dar por finalizada la relación laboral y rescindir el contrato de trabajo”.

Data publicación: 9/19/2023

Aprobado el cambio tecnológico para usar el certificado de la abogacía en la nube, sin necesidad de tarjeta.

Con este servicio se evitará tener que seguir utilizando la tarjeta colegial dotada de un chip, así como un lector externo. El cambio no supondrá la supresión de las actuales tarjetas criptográficas colegiales dotadas de chip, sino que se ofrecerá a los colegiados la opción de continuar utilizándolas e incluso compatibilizarlas con el nuevo certificado en la nube. Ambas opciones permitirán al abogado seguir realizando la única firma reconocida legalmente como equivalente a la firma manuscrita, también conocida como “firma electrónica cualificada”.

Data publicación: 9/14/2023

Cambio de criterio para la tributación en IVA de los cantantes y bandas musicales

Cambio de criterio para la tributación en IVA de los cantantes y bandas musicales que trabajen con su espectáculo en eventos privados, como bodas, bautizos o celebraciones de aniversarios. La DGT permite su tributación al 10%. Para hacerlo, estas celebraciones deben estar organizadas en exclusiva por particulares, que deben estar involucrados en su gestión y no limitarse a ser meros intermediarios. Lo relevante ahora es que, si las personas que contratan a estos artistas intervienen únicamente como intermediarios o mediadores, el profesional sí deberá aplicar el tipo general del 21% en sus facturas. De lo contrario, se aplicará el 10%.

Data publicación: 9/12/2023

Sentencia clave sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

Tras la última guía dada por el TJUE para analizar su abusividad. La Audiencia Provincial de Baleares ha declarado válido el índice tras aplicar las indicaciones dadas por el tribunal para determinar si este indicador puede ser abusivo para el cliente. El tribunal señala que en el caso de pactar un interés variable según el IRPH se está aplicando un índice de referencia oficial elaborado por el BdE cuyo cálculo y publicación es mensual. En cambio, la Tasa Anual Equivalente es un indicador orientativo resultado de una fórmula matemática. Finalmente, la justicia balear tampoco aprecia mala fe en que el banco ofreciera este índice al cliente ya que es oficial y está aprobado por el BdE.

Data publicación: 9/5/2023

Las empresas se centran en políticas de flexibilidad para enfrentarse a los problemas de déficit de talento a la hora de encontrar trabajadores

Según el último Informe de Tendencias en Recursos Humanos 2023 elaborado por Randstad y CEOE, se insiste en que siete de cada diez empresas (el 72%) tiene problemas para encontrar trabajadores. Ante estas situaciones, las medidas más ofertadas son: tener un horario de entrada y salida flexible, algo que dicen proponer el 58% de las compañías; vacaciones flexibles (el 53%); teletrabajo parcial o total (el 46%) y la vuelta a la jornada continua o intensiva antes citada, en el 46% de estas ofertas. A pesar de las dificultades apuntadas, el 63% de las empresas encuestadas ha contratado trabajadores este año o tiene previsto hacerlo en lo que resta de año (este porcentaje baja al 47% en las empresas con menos de 50 empleados y sube al 87% en las más grandes, con plantillas superiores a las 250 personas).

Data publicación: 8/31/2023

El TS se pronuncia sobre las sanciones impuestas a los contribuyentes que usan sociedades intermedias para tributar menos en IRPF

El TS se pronuncia sobre las sanciones impuestas a los contribuyentes que usan sociedades intermedias para tributar menos en IRPF: Pueden deducirse las cantidades ingresadas por el IS para calcular la base sobre la que se impone la sanción. El ponente considera que el perjuicio económico para la Hacienda Pública se limita en estos casos a la diferencia entre lo que debió de ingresar por IRPF, menos lo ya ingresado por el impuesto sobre sociedades. Así, el TS pasa a distinguir la diferencia entre estas situaciones de utilización de sociedades intermedias, conocidas como simulaciones, de las producidas en el caso de las operaciones vinculadas, en las que para calcular la sanción a imponer no se debe tener en cuenta la pagada por el Impuesto sobre Sociedades.

Data publicación: 8/29/2023
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